Del “Vale todo” al “Decir de todo”

Por el Concejal Fabricio Bolatti

Incumpliendo, o más bien “no cumpliendo” ni siquiera un requisito o paso legal estipulado en el procedimiento legislativo que genera o da origen a nuevas ordenanzas, el Intendente de Resistencia y su equipo, replican el modelo “impuestazo” en otras dos nuevas normas, que como aquella, se asientan en la “ilegalidad e irregularidad formal”.

El turno ahora fue, nada más y nada menos, de la Ordenanza General Tributaria e Impositiva y del Presupuesto General del Municipio, ambas para el ejercicio anual 2021.

Es decir que la base jurídica sobre la que se obliga a pagar impuestos, tasas y patentes a las y los contribuyentes, así como la asignación gruesa de recursos públicos, con la respectiva autorización para que sean ejecutados desde la intendencia, están impuestas sobre la ilegalidad, ilegitimidad y abuso de autoridad.

¿El motivo? Todo un tema, ya que después de sufrir una derrota legislativa en un primer intento, al no lograr construir ni arrinconar los ocho (8) votos necesarios para aplicar otro aumento de tributos en la Ciudad, el oficialismo se recostó en las ideas planteadas por los otros bloques, que en sí son el reflejo formal de las opiniones de la “calle”, donde quedan pocos actores económicos en condiciones de sobrevivir a una nueva refacturación.

Fiel a su estilo y con las complejidades de siempre, el Ejecutivo municipal decidió ir por el camino de la confrontación e ilegalidad, repitiendo el escenario del “impuestazo” que inauguró su gestión. Así volvieron a promover la vigencia de normas u ordenanzas viciadas de ilegalidad manifiesta e impuestas.

En un ejemplo extremo, podemos decir que sin estas dos ordenanzas (tributaria y presupuesto general), una gestión no podría funcionar, ya que estaría impedida de recaudar tributos propios, así como de ejecutar el gasto y la inversión pública, por no estar previamente en el Presupuesto, en su carácter de autorización.

Pero ¿qué pasa si las “ordenanzas irregulares” son impuestas, ya que no cumplen con los requisitos o pasos que accionan su aplicación formal? Podríamos quedar desprotegidos legalmente como comunidad y ciudadanía, ya que nos estarían obligando a pagar desde una minoría democrática insuficiente, y el gasto e inversión pública se podría estar realizado sin control legal.

Así podríamos estar hoy, situación de “tristeza institucional” que se agrava si prestamos atención a las declaraciones irrespetuosas y malintencionadas que el Sr. Intendente dedicó a los concejales que controlamos, cuestionamos o nos oponemos a sus planes.

Para mejor percepción, repaso algunas de las últimas expresiones oficiales:

⦁ “Vinimos a hacer lo que hay que hacer y lamentablemente algunos no quieren comprender esto”;
⦁ “Quieren seguir en las negociaciones permanentes de decir ‘bueno, apruebo esto y me dan más plata, más contratos’ y eso nosotros no vamos a aceptar”;
⦁ Para finalizar diciendo “hay que ser transparentes y honestos”.

ALGUNOS INTERESES DETRÁS DEL “PRESUPUESTO
NUNCA APROBADO PERO YA VIGENTE”

Estructura de Cargos del Concejo y el Ejecutivo Municipal

Una de las dos “normas truchas” o impuestas, es la N°13.476 “Presupuesto General 2021”, que estima y asigna recursos significando una “autorización para que el Intendente ejecute”. También determina la Estructura de Personal para cada Departamento Municipal, donde vemos que, a comparación del 2020, en este 2021 el incremento fue de 100 cargos de Planta Permanente en el Concejo, traslado de contratos de Gabinete del Concejo al Ejecutivo, lo que determina que en el Concejo, 43 personas quedaron sin cargo para sostener su contratación temporal, pero el Intendente tiene “justo” 43 nuevos cargos a disposición.

Si seguimos observando, vemos que el Ejecutivo cuenta para este año que inició: 300 cargos de planta no permanente para tomar personal (comúnmente se llaman de servicios o jornalizados, los que constituyen una puerta de ingreso excepcional o por fuera del Concurso, para después de un tiempo tener prioridad de ingreso a la Planta del Municipio); también se dispone de 10 cargos para acogerse al Retiro Voluntario, liberando lugares en Planta (que suele usarse para mandar a la casa a alguien que no pueden jubilar de oficio, o asignar jubilaciones de privilegio a quienes no tienen condiciones de jubilarse).

En síntesis, vía ilegal, la conducción del Municipio se creó 410 cargos, o “se autogeneró” condiciones para ingresar esa cantidad de personas a la estructura municipal, a lo que hay que sumar lo que pueden generar las facultades del Intendente y Presidente del Concejo de contratar con la modalidad de “obra”, lo que no requiere cargo en la estructura y solo se necesita cuota o presupuesto disponible.

Si observamos rápidamente, podemos confundirnos al creer que hay un doble comando o conducción, dado por los titulares de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo, pero todo lo que brilla no es de valor, a veces es una “lágrima”, que en este caso es en lo que se está por convertir el Concejo Municipal, ya que si analizamos los artículos de la “norma chimba”:
⦁ “Artículo 5: se autoriza al Intendente a modificar el Presupuesto y sus Anexos, adecuando e incorporando partidas cuando sea necesario, incluye el caso de mayor recaudación recibida, o por encima de lo presupuestado, en Enero ya fue un 10% más.
⦁ Artículo 7: se autoriza al Intendente y al Presidente del Concejo a realizar las compensaciones presupuestarias necesarias entre partidas principales, dentro de sus respectivos Departamentos.
⦁ Artículo 9: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones a la estructura de cargos de los anexos IV (ejecutivo) y V (concejo), según corresponda”.

De estos tres artículos, vemos que sólo los responsables de la Administración del Departamento que conducen pueden compensar sus “partidas” sin dar muchas explicaciones, es decir que el “Presupuesto” pasa a ser una autorización por un monto final o cheque en blanco, pero con el límite del monto total autorizado, que en este caso ronda los 10.000 millones de pesos.

A esto se agrega que el Intendente -no así el Pte de Concejo- puede modificar todo el Presupuesto, hasta sus anexos, incrementándolo y teniendo libre disponibilidad de los recursos que vengan por encima de lo esperado.

Para cerrar: el manejo y concentración de poder y facultades en cabeza del Intendente, quien sin fundar ni justificar, puede disponer de la Estructura de Personal, la de los anexos IV y V, o sea sobre la estructura del Ejecutivo y la del Concejo.

Conclusión. Con esta regla impuesta por una minoría, el Intendente puede disponer de 410 cargos nuevos y asignar una parte del aumento de recursos a contratar con la modalidad “obra” a las personas que desee; y si el Presidente del Concejo se desvía, se queda sin presupuesto ni personal. Esto viene sucediendo en el Concejo, con el traspaso de 43 contratos de “Gabinete“ a las esferas de la privada del Intendente, los que estaban asignados proporcionalmente a las y los Concejales, con destino a conformar sus equipos de trabajo mientras estén en funciones, situación normal y necesaria, que hoy suma más trabas y solo prevé solución en este contexto, si autoriza el Sr. Gustavo Martínez, que paradójicamente es quien sostiene que somos los Concejales los que pedimos contratos o plata a cambio de votar, porque su gestión es “transparente y honesta”.

Triste pero real.

 

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