Denuncia de concejales y concejalas tuvo lugar en la justicia

 

La Sala Segunda de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Justicia Provincial, presidida por la jueza Ma. Virginia Serrano e integrada también por la jueza Silvia Suarez, hizo lugar a la acción de amparo promovida por las y los Concejales Fabricio Bolatti, Soledad Villagra, Guillermo Monzón, Ángel Sánchez, y Lucila Masin con el patrocinio del Dr. Javier Alós, por la que promovían la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la Ordenanza Tributaria 2025, Nº 15.077 sancionada el 22 de octubre de 2024.

La denuncia fue presentada a fines del 2024, oportunidad en que desde la oposición advirtieron de las irregularidades cometidas en el acto de creación de la norma que proponía e imponía el Intendente Roy Nikisch y a partir de la cual se aplicaron aumentos de entre 75% y 100% durante este 2025 a las y los contribuyentes de Resistencia.

Los y las Concejales denunciantes valoraron la información publicada formalmente por la Justicia, y valoraron el haber mantenido una actitud firme y mensajes claros sobre lo que acontece en el Municipio producto de la impronta sesgada y autoritaria que le imprimió desde un primer momento la gestión ejecutiva actual, avasallando las normas, criterios y costumbres de la Institución local, especialmente contra el Concejo y directamente con quienes integran la oposición, actitud totalmente contraria al mensaje expresado al asumir y lo que comunica la gestión de Nikisch.

También reflexionaron en que, este es el comienzo de un proceso donde deberían ir saliendo a la luz, producto de muchas denuncias realizadas ante Organismos de Control y la propia Justicia, el reconocimiento de las irregularidades cometidas en distintos momentos y en varios frentes de la gestión, así como el incumplimiento de sus responsabilidades como funcionario público, como en el manejo de recursos, la falta de transparencia, impedir el acceso a la información pública, el incumpliendo de procedimientos y de la normativa en general.

Del fallo o sentencia

Si bien fueron múltiples las observaciones realizadas por las y los Concejales – como ser la falta de cumplimiento de las mayorías necesarias para la aprobación – del procedimiento y discusión en la Comisión de Hacienda, falta de información disponible, etc., solo fue necesario para la Justicia, el haber incumplido el procedimiento de doble lectura, que incluye la realización de una Audiencia Pública.

“…La difusión y convocatoria de la audiencia pública constituyen partes esenciales del trámite legislativo fijado por el art. 153 de la Carta Orgánica, por tanto, son instancias determinantes que deben observarse y cumplirse exactamente para que pueda reputarse válido el proceso de aprobación de la Ordenanza N° 15077. de fecha 22/10/2024. Teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente la forma en que se resuelve deviene innecesario ingresar al análisis de los demás agravios señalados por actora. Coherente con lo expuesto, corresponde hacer lugar a la acción de amparo y declarar la Inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 15077 de fecha 22/10/2024 Tributaria e Impositiva aprobada para el Ejercicio Fiscal 2025 en tanto no han sido precedidas por el procedimiento de doble lectura y audiencia pública establecida en el artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal…”, expresa el fallo.

 

Desde los bloque opositores, aseguraron que este fallo confirma lo que vienen denunciando desde el inicio de la gestión de Nikisch: una forma de gobernar que desconoce las reglas, margina al Concejo y avanza de manera autoritaria sobre decisiones clave que afectan directamente a la ciudadanía. Afirmaron también que continuarán utilizando todas las herramientas institucionales y jurídicas necesarias para frenar estos atropellos, defender el rol del Concejo Municipal y garantizar que se respeten los procedimientos establecidos en la Carta Orgánica, así como los principios básicos de la democracia y la participación ciudadana en el gobierno local.

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