Astreintes por demorar 21 días en dejar de aplicar una ordenanza inconstitucional

 

En la causa judicial iniciada por el Concejal Fabricio Bolatti, en la que se comprobó la existencia de irregularidades en el procedimiento legislativo que dio origen al llamado “impuestazo” – iniciativa oficial que aplicaba aumentos de hasta el 500% -, desde el Tribunal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, finalmente se intima al Intendente Gustavo Martínez, al pago de una “multa” en concepto de “astreintes”, por no cumplir el fallo judicial que impedía la aplicación de la norma cuestionada, por violentar derechos y garantías constitucionales.

La aplicación de la multa e intimación fue solicitada por Bolatti, al observar que los y las vecinas continuaban recibiendo las boletas de los tributos con los montos impuestos por la “ilegal” ordenanza, cuando ésta ya había sido suspendida en su efectos, por una medida cautelar otorgada al efecto y a solicitud del Edil denunciante.

El monto de la liquidación de los “astreintes” asciende a $31.500 (21 días x $1500), monto que de ser pagado por el Intendente, será destinado a una fundación que rescata caballos secuestrados o abandonados en la ciudad para luego, una vez recuperados, ser insertados en el ámbito rural, a petición del concejal Bolatti.

Debemos recordar que la autoridad municipal “recurrió” esta decisión ante el S.T.J., pero finalmente decidió promover la derogación por parte del Concejo, lo que de alguna manera significó la voluntad de aceptar lo resuelto, pero seguidamente los acuerdos políticos con otros bloques, le permitieron al Intendente Gustavo Martínez, tener los ocho votos para generar la sanción de un nueva ordenanza tributaria, la que finalmente deja vigente un aumento del Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de Servicios, de alrededor del 80% anual para el año 2020.

Este porcentaje de incremento no tuvo el voto de acompañamiento de Fabricio Bolatti, ni de otros dos ediles, pero el oficialismo alcanzó a sumar el apoyo de otros bloques, y así llegó a los votos de dos tercios del cuerpo (ocho votos a favor necesarios para la sanción de una ordenanza tributaria).
Sí se aceptó la propuesta hecha por el autor de la observación judicial, de que figure expresamente que quienes hayan pagado los tributos en base a lo que aplicaba el “impuestazo”, y tengan por ello un saldo a favor, éste iba a ser tomado a cuenta y compensado con los próximos vencimientos.

Reliquidación “bajo la lupa”

Vigentes los menores valores de la nueva norma a aplicar, el gobierno municipal debía re liquidar los tributos a pagar por las y los contribuyentes. El punto de inflexión de la nueva norma se ubicó en torno a una actualización del 100% para el valor de la tierra y 45% para el valor del metro cuadrado construido, lo que finalmente y atendiendo las particularidades de cada inmueble, el aumento entre lo liquidado para el año 2019 y para el 2020, y en el caso del Inmobiliario Urbano y Tasas Retributiva de Servicios, se ubicó en torno al 80%, siendo un techo o máximo un 100% anual según el texto de la nueva y final imposición municipal.

“Pero nos llama la atención que estamos tomando contacto con reliquidaciones o montos finales que ubican el aumento definitivo muy por encima del porcentaje legal, por lo que le pedimos a las y los vecinos contribuyentes que observen lo que pagaron para el año 2019 y lo que se determinó como valor para el año 2020. Si el aumento es mayor a los porcentajes expresados, o superior al 100% anual, tienen derecho a discutir la diferencia, para lo que desde nuestro lugar nos ponemos a disposición y no vamos a dudar en acompañar el planteo buscar sus correspondientes explicaciones”, definió el edil.

“Solicitamos que para ello nos hagan llegar a la oficina o de manera virtual, copia o fotos de los valores liquidados de manera de estudiar la situación particular”, expresó finalmente el Concejal de Resistencia, Fabricio Bolatti.

 


Foja: 111- BOLATTI FABRICIO NELSON S/.INCIDENTE – INTIMA AL PAGO DE ASTREINTES / REMITE A LAMUIT DANIELA SABRINA AZULA Secretaria Sala Primera- Cámara en lo Contencioso Administrativo Expte. N 11240/20-s1-ad.- Resistencia, 12 de abril de 2021.- I.- A lo solicitado en el escrito precedente, y constancias de autos, intímase al INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE RESISTENCIA, SR. GUSTAVO MARTÍNEZ al pago de la planilla de astreintes aprobada a fs. 100/102, cuyo monto asciende a la suma de Pesos TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 31.500,00), en el término de DIEZ (10) días. El depósito deberá efectuarse ante el Nuevo Banco del Chaco, a la orden de este Tribunal y como perteneciente a la presente causa. Notifíquese personalmente o por cédula.- II.- A fin de dar cumplimiento con la vista dispuesta a fs. 43, Pto. II, al Equipo Fiscal que en turno corresponda, ante la posible comisión de delitos penales por desobediencia, remítase la presente causa junto con el Expte. N 11165/20 caratulado “BOLATTI FABRICIO NELSON S/ ACCI N DE AMPARO”, y el Expte. N 11166/20 caratulado “B. S/ MEDIDA CAUTELAR”, que corren por cuerda, a la MESA UNICA DE INTERVENCION TEMPRANA -MUIT-. Tómese razón pro Mesa de Entradas y Salidas. Not. – NATALIA PRATO -Presidente Sala Primera- Cámara en lo Contencioso Administrativo
DÍA DE NOTIFICACIONES: 13/04/2021 DANIELA SABRINA AZULA Secretaria Sala Primera- Cámara en lo Contencioso Administrativo


 

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