VISTO:
Los artículos 43 y 45 de la Carta Orgánica, la ordenanza 13207, que adhiere a la Ley Nacional 27.499;
CONSIDERANDO:
Que la pandemia ha desnudado que la violencia de género es una problemática que se debe erradicar de las prácticas culturales y cotidianas,
Que el estado municipal puede contribuir en ese sentido y es por ello que comenzó a aplicar en el mes de marzo del 2020 la Ordenanza 13207 que adhiere a la Ley Micaela, que obliga a los tres poderes a realizar capacitaciones para entender qué es la violencia contra el género y así poder prevenirla,
Que este tipo de políticas públicas deben ser articuladas en el territorio en que se superponen los distintos estados, nacional, provincial y municipal,
Que la vicegobernadora destacó en la presentación del Plan Provincial de Igualdad de Género que se creó la Unidad de coordinación, monitoreo y seguimiento de políticas públicas para la igualdad que tiene como uno de sus ejes centrales ejecutar la Ley Micaela, de capacitación en perspectiva de género para todas las personas que componen los tres poderes del Estado,
Que nos parece que la actividad provincial coordinada por Analía Rach Quiroga es una oportunidad para unificar conceptos y así poder modificar las prácticas machistas,
Que entendemos las dificultades para realizar las capacitaciones en forma presencial dada las restricciones que impiden la aglomeración de personas,
Que por todo ello,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA
RESUELVE:
1) Solicitar al Poder Ejecutivo Municipal que continúe con la aplicación de la Ordenanza 13.207, por la que se adhiere la Municipalidad de Resistencia a la ley nacional conocido como Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en violencia de género para todas las personas que integran los tres departamentos del gobierno municipal.
2) Sugerir que las capacitaciones se brinden en forma virtual invitando a participar en el diseño y el dictado a las universidades públicas con sede en Resistencia, a las organizaciones sociales que abordan cotidianamente el tema, en coordinación con el Plan Provincial de Igualdad de Géneros, dirigido por la vice Gobernadora de la Provincia, Dra. Analía Rach Quiroga.
3) REGÍSTRESE, notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y publicación en forma sintetizada en el Boletín Oficial Provincial, y una vez promulgado, dese conocimiento por Secretaría del Concejo Municipal a las áreas, Instituciones, Organismos o personas interesadas, cumplido, archívese.