El concejal de Resistencia, Fabricio Bolatti, y su equipo de trabajo, diseñaron un proyecto de Ordenanza Municipal que tiene como objetivo que la Defensoría del Pueblo titular y adjunta se designen garantizando el respeto y la igualdad de género en la integración de los dos cargos.
Las y los postulantes deberán surgir a propuesta de entidades intermedias, comisiones vecinales, y otras organizaciones no gubernamentales registradas especialmente en el Municipio, las que deberán encontrarse activas.
El Concejo Municipal por mayoría absoluta de sus miembros, convocará a una Sesión Especial que tendrá como único tema la recepción y difusión de las propuestas y sus antecedentes. En ella se publicarán previamente las propuestas recibidas por las organizaciones de la sociedad civil interesadas, las que sólo podrán elevar una sola propuesta por cada cargo a elegir.
También se agrega al procedimiento una Audiencia Pública destinada a que los ciudadanos puedan opinar y referirse a las propuestas presentadas. “Pretendemos con esta propuesta garantizar a los habitantes de la provincia igualdad ante la ley y de oportunidades y se asegura la igualdad efectiva de oportunidades y derechos de la mujer y el hombre, respectivamente”, afirmó el edil.
“Si bien la institución de la Defensoría del Pueblo es de muy reciente vigencia, nos parece de una omisión relevante que ninguna mujer aún haya ocupado un lugar en ese ámbito, ni como Defensora del Pueblo ni como Defensora del Pueblo adjunta”, señaló.
La Defensoría del Pueblo de la ciudad de Resistencia es un órgano unipersonal e independiente, que actúa con plena autonomía funcional y autarquía financiera, sin recibir indicaciones, sugerencias ni instrucciones de ninguna autoridad, con la misión de controlar la actividad de la administración pública municipal, como también de los concesionarios, contratistas, prestadores de obras y servicios públicos y permisionarios de uso de bienes de dominio municipal; recepcionando los reclamos de los contribuyentes, de las instituciones, de la comunidad en general y la representación de los derechos difusos y colectivos.
La función principal del Defensor del Pueblo, es la defensa y protección de los derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, por la Carta Orgánica Municipal, y demás normativa vigente ante los hechos, actos u omisiones sobre los que recaiga competencia municipal.