El siguiente Proyecto de Resolución elaboramos tras el reclamo que nos hicieron llegar vecinos y vecinas del Barrio “Ángel de la Guarda” solicitando trabajos de zanjeo, desmalezado y limpieza de terrenos.

VISTO:
Pedido de los Vecinos del Barrio Ángel de la Guarda, a través de la página oficial;

CONSIDERANDO:

Que tomamos conocimiento de la denuncia que realizan los vecinos del Barrio Ángel de la Guarda, en la cual solicita al Municipio de la ciudad de Resistencia la limpieza, desmalezado y zanjeo de los terrenos que se encuentran entre calle Taco Pozo y La Martina hasta la calle 4;

Que el mantenimiento de las calles y el zanjeo del barrio se encuentra totalmente abandonado, exponiendo a los vecinos a problemas sanitarios y de seguridad, ya que se formaron mini basural donde se encuentran: escombros, ramas, bolsas de basura, malezas, arbustos, animales en estados de descomposición, alacranes, con las lluvias que se ocasionan en estos días, el lugar se encuentra con agua produciéndose un focos para la producción de mosquitos, entre muchas otras cosas encontradas y que hacen a problemas sanitarios y de seguridad para los vecinos;

Que por las razones antes mencionada, urge que el Municipio cumpla con lo establecido para el mantenimiento del barrio, en cuento a limpieza, desmalezado y zanjeo, es importante que tengamos presente que los vecinos no pueden seguir esperando que se cumpla la limpieza y mantenimiento del espacio para que ello no sea un potencial riesgo de contraer enfermedades o padecer algún accidente;

Que la Carta Orgánica del Municipio de Resistencia, en su artículo 136 otorga la facultad al Concejo Municipal para el dictado de la presente;

 

QUE POR TODO ELLO:

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA
RESUELVE:

1°) SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas pertinentes, procedan a realizar los relevamientos y tareas correspondientes al pedido de los vecinos de la limpieza, desmalezado y zanjeo de los terrenos que se encuentran entre calle Taco Pozo y La Martina hasta la calle 4;

2°) REGÍSTRESE, notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y publicación en forma sintetizada en el Boletín Oficial Provincial, y una vez promulgado, dese conocimiento por Secretaría del Concejo Municipal a las áreas, Instituciones, Organismos o personas interesadas, cumplido, archívese.

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