{"id":4722,"date":"2020-10-20T02:03:56","date_gmt":"2020-10-20T02:03:56","guid":{"rendered":"https:\/\/fabriciob.ar\/web\/?p=4722"},"modified":"2021-06-01T02:18:17","modified_gmt":"2021-06-01T02:18:17","slug":"creacion-de-la-agencia-municipal-de-desarrollo-del-habitat","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fabriciob.ar\/web\/creacion-de-la-agencia-municipal-de-desarrollo-del-habitat\/","title":{"rendered":"CREACI\u00d3N DE LA AGENCIA MUNICIPAL DE DESARROLLO DEL H\u00c1BITAT"},"content":{"rendered":"<p><!--more--><\/p>\n<p><strong>VISTO:<\/strong><\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n Provincial; la Carta Org\u00e1nica Municipal, la Ordenanza N\u00ba 13041\/19 de R\u00e9gimen de Tierras; la actuaci\u00f3n N\u00b041036-I-20: iniciativa legislativa del Departamento Ejecutivo Municipal de creaci\u00f3n de la Agencia Desarrollo, la \u201cRealidad de Nuestra Ciudad\u201d en cuanto a su desarrollo urbano y el \u201cProtagonismo de la Comunidad\u201d ante la falta de presencia del Estado, especialmente el de mayor responsabilidad en ello, que es el Municipio; y<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/p>\n<p>Que nuestra ciudad de Resistencia tuvo en las \u00faltimas d\u00e9cadas, entre sus principales impulsores de su desarrollo y dise\u00f1o urbano, a \u201csu propia demanda y necesidad social b\u00e1sica\u201d, adem\u00e1s de existente y com\u00fan en todo aglomerado de habitantes, que es \u201cla necesidad familiar o personal de tener un lote de tierra para construir o generar un hogar\u201d, sea este transitorio o permanente.<\/p>\n<p>Demanda que al ser autosatisfecha o generarse alternativas formales e informales, legales o con aspectos de legalidad ausentes, individual o desde acciones colectivas de una comunidad mayor o menormente organizada, etc., fueron d\u00e1ndole forma a gran parte de nuestra entramado urbano, adem\u00e1s de dejarnos como, no solo estad\u00edstica, m\u00e1s de 200 asentamientos irregulares, leyes de expropiaci\u00f3n vigentes y en proceso muy lento de resoluci\u00f3n, territorios habitados sin la infraestructura social necesaria para generar una calidad de vida digna, etc., en s\u00edntesis nuestra ciudad tiene alrededor de 20.000 familias que requieren de una pol\u00edtica p\u00fablica planificada y que tenga como prioridad generar diferentes alternativas, pero siempre inclusivas, justas y accesibles, de producci\u00f3n social de suelo y h\u00e1bitat urbano.<\/p>\n<p>Se puede observar que lo generado por las normativas y pol\u00edticas municipales, tiene como principales beneficiarios a los intereses econ\u00f3micos de la ciudad, que a la ciudad o ciudadan\u00eda misma. As\u00ed podemos ver sectores de la ciudad con barrios construidos y loteos generados por empresas, los que se financiaron en su gran mayor\u00eda con recursos p\u00fablicos provenientes de pol\u00edticas del gobierno provincial y nacional. Financiamientos que normalmente permiten, respetan, y m\u00e1s que ello, priorizan el rol municipal a la hora de definir la pol\u00edtica de urbanizaci\u00f3n y prioridades de inversi\u00f3n, lo que nos deja bien definida y clara, quien tiene la mayor responsabilidad a la hora de definir el futuro urbano de una ciudad, sus intereses prioritarios, sus beneficiarios de las pol\u00edticas dise\u00f1adas, sus sectores perjudicados, etc.<\/p>\n<p>Que no muy lejos se pueden ver municipios que tuvieron una expansi\u00f3n social, econ\u00f3mica y especialmente urbana, similar a Resistencia, pero que sin embargo su realidad y desaf\u00edo se desarroll\u00f3 con la aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas que denotan un mayor inter\u00e9s general y comunitario. No prevaleciendo las zonas donde no est\u00e1n realizadas las obras principales dedesag\u00fce, viales, y de servicios b\u00e1sicos, pero si abundan las familias o personas que pudieron ser beneficiarias de viviendas sociales, cr\u00e9ditos de organismos p\u00fablicos para construcci\u00f3n de viviendas y \/ o construir su vivienda en loteos autorizados, quienes en su gran mayor\u00eda padecen de las mismas urgencias y necesidades ante una importante lluvia, o altas temperaturas o a la hora de recibir prestaciones de los servicios p\u00fablicos b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>Que este desaf\u00edo que parece ya antiguo, es el desaf\u00edo de hoy, por lo que se necesitan pol\u00edticas e instrumentos legales que as\u00ed promuevan su aplicaci\u00f3n, pero antes debemos definir una vez m\u00e1s, si se van a priorizar los intereses econ\u00f3micos por sobre los comunitarios, si vamos a generar zonas de urbanizaci\u00f3n para ofrecer buenos negocios a las siempre \u201cesperadas\u201d inversiones, o vamos a ofrecer y producir suelo urbano y h\u00e1bitat digno a l@sciudadan@s de Resistencia.<\/p>\n<p>Que creemos necesaria y complementaria al desarrollo en base a grandes obras o inversiones en la construcci\u00f3n de unidades habitacionales, la puesta en marcha de \u201cloteos sociales\u201d, los que no tiene una \u00fanica manera de llevarse a cabo. Son muchos los actores que intervienen, est\u00e1n los due\u00f1os de la tierra en su caso, las empresas de servicios, las \u00e1reas del estado vinculadas a la planificaci\u00f3n, a la vialidad, a los recursos h\u00eddricos, a los registros de catastro y del dominio de la propiedad inmueble, escriban\u00edas p\u00fablicas y estatales, las organizaciones sociales, los t\u00e9cnicos, los movimientos populares, la pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Que crear condiciones para el fomento de la producci\u00f3n social del h\u00e1bitat, es decir, organizar, capacitar y promover las formas organizativas de la comunidad para poder realizar procesos de producci\u00f3n de suelo urbano, regularizaci\u00f3n dominial, construcci\u00f3n de viviendas nuevas y mejoramiento de viviendas existentes, en un camino de organizaci\u00f3n, gesti\u00f3n y producci\u00f3n, debe indefectiblemente incorporar a la comunidad, fundamentalmente a los j\u00f3venes, en el marco de un proyecto de inclusi\u00f3n social a trav\u00e9s de la capacitaci\u00f3n y el trabajo concreto en los territorios.<\/p>\n<p>La comunidad es la beneficiaria:<br \/>\n&#8211; Este tipo de proyecto destinado a la producci\u00f3n de suelo urbano o h\u00e1bitat digno,nos permite dar respuesta a las distintas demandas de los sectores que integran la ciudad, tanto genera alternativas para quienes pueden econ\u00f3micamente realizarlo, como permite el acceso al derecho a la tierra para la poblaci\u00f3n que queda fuera del mercado.<br \/>\n&#8211; La tierra m\u00e1s los servicios, m\u00e1s las gestiones, m\u00e1s el trabajo: generan un nuevo producto que tiene un costo y una potencial plusval\u00eda, pero el objetivo social de este tipo de loteo lo preserva del mercado y permite el goce de este plus valor a los habitantes.<br \/>\n&#8211; La planificaci\u00f3n que requiere la puesta en marcha de una nueva \u00e1rea de ciudad obliga a saber claramente cu\u00e1les son los recursos con que se va a contar, a cu\u00e1nta poblaci\u00f3n se puede alcanzar, cu\u00e1l es la factibilidad de la extensi\u00f3n de redes, los caudales de volumen de energ\u00eda, de aprovisionamiento de agua.<br \/>\n&#8211; La participaci\u00f3n o consulta de quien va a habitar en el nuevo lugar se puede realizar como requisito previo, ya que es el objeto a atender, y es un componente que hace sustentable el proyecto. En el desaf\u00edo de construirse la casa, el habitante pone en juego su deseo de concretar la vivienda y el barrio poni\u00e9ndole su impronta singular. Esto sucede tanto a nivel familiar como colectivo, en la resoluci\u00f3n de la casa dentro del lote y en la configuraci\u00f3n del barrio dentro de la ciudad.<br \/>\n&#8211; La idea inicial puede surgir de la comunidad o uno de sus grupos, del estado o de otros actores. No existe una receta para este accionar en el h\u00e1bitat, por eso podemos compararlo con una comida popular como es nuestro guiso argentino. Los componentes son muchos y variados, no hay proporciones exactas, puede haber un elemento de m\u00e1s o de menos, se pueden agregar otros cuando el proceso ya est\u00e1 en marcha, y con s\u00f3lo algunos de esos elementos constitutivos puede lograrse llevar algo a la mesa. Y si, adem\u00e1s, hay aderezos y condimentos, ser\u00e1n bien recibidos si buscan satisfacer a quienes tienen que ser la prioridad, l@sciudadan@s como parte de su ciudad.<\/p>\n<p>Que algunos aportes de quienes tambi\u00e9n pensaron esta tem\u00e1tica en alguno momento, siempre son muy \u00fatiles:<br \/>\n\u201cLa no inclusi\u00f3n de los destinatarios en la definici\u00f3n de prioridades lleva a la formulaci\u00f3n de tipos de soluciones que no reflejan, en la mayor\u00eda de los casos, la necesidad ni el inter\u00e9s real de los beneficiarios. Es posible aventurar la hip\u00f3tesis de que su inter\u00e9s en los procesos y en los productos ser\u00eda tanto mayor cuanto mayores fuesen las posibilidades de ser protagonistas de las decisiones de conducci\u00f3n de los primeros y de definici\u00f3n de los segundos.\u201d (Alcal\u00e1, L.; 1994:P\u00e1g. 13).<br \/>\n\u201cUna de las grandes tragedias del hombre moderno es que hoy, dominado por la fuerza de los mitos y dirigido por la publicidad organizada, ideol\u00f3gica o no, renuncia cada vez mas, sin saberlo, a su capacidad de decidir. Esta siendo expulsado de la \u00f3rbita de las decisiones\u201d. (Freire, 1985(3):33).<\/p>\n<p>Que tambi\u00e9n no muy lejos se opinaba esto:<br \/>\n<strong>\u201cPor las grandes distancias no s\u00f3lo de tipo econ\u00f3mico entre las situaciones de partida y las que se quieren lograr para alcanzar estos objetivos \u2013el acceso a la vivienda para todos-, no basta con una ayuda externa basada exclusivamente en t\u00e9rminos financieros. Resulta imprescindible que la descentralizaci\u00f3n de los mecanismos de poder del Estado, la redistribuci\u00f3n de bienes y servicios del conjunto de la sociedad, el cambio de los mecanismos de producci\u00f3n, comercializaci\u00f3n y administraci\u00f3n del suelo urbano y el ejercicio de los roles de facilitaci\u00f3n y control por parte del Estado se constituyan en transformaciones de aplicaci\u00f3n real y efectiva.\u201d (Alcal\u00e1 y Pelli; 1994: P\u00e1g. 16.)<\/strong><\/p>\n<p>Que podemos estar ante una oportunidad hist\u00f3rica, as\u00ed como en el 2003 donde se daba inicio a una etapa pol\u00edtico institucional en el \u00e1mbito nacional, la que a partir del 2007 encuentra en la provincia su equivalencia y aliada, para dar inicio a un proceso de inversi\u00f3n p\u00fablica en infraestructura social, de servicios y habitacional que mejor\u00f3 sustancialmente la calidad de vida que en promedio pod\u00eda dar la ciudad. Etapa que permiti\u00f3 generar, tambi\u00e9n en Resistencia, miles de viviendas; cuadras de pavimento; alumbrado; desag\u00fces; cloacas; redes de agua y el\u00e9ctricas; etc., adem\u00e1s de generar empleo y mayor poder adquisitivo del salario, jubilaciones y otros ingresos, que junto al control de precios y mayor producci\u00f3n de materiales e insumos, permiti\u00f3 que muchas familias construyan, mejoren o ampl\u00eden su vivienda y mejoren su h\u00e1bitat.<\/p>\n<p>Que a nivel pa\u00eds, entre el 2003 y el 2015 se hizo un gran esfuerzo en inversi\u00f3n p\u00fablica en h\u00e1bitat desde el Estado Nacional en t\u00e9rminos directos e indirectos. Se produjeron 900.000 respuestas habitacionales y 200.000 en ejecuci\u00f3n, el mercado expandi\u00f3 su oferta de vivienda, aument\u00f3 la superficie y las unidades construidas. Sin embargo, existen cada vez m\u00e1s dificultades para que lossectores de bajos y medios recursos puedan acceder al suelo urbano.<\/p>\n<p>Que ese proceso se interrumpi\u00f3 con el gobierno de Macri en el a\u00f1o 2015, donde se dio un proceso inverso, cuando las pol\u00edticas fueron basadas en el ajuste y endeudamiento p\u00fablico, alta inflaci\u00f3n y mega devaluaci\u00f3n del peso, menor actualizaci\u00f3n de ingresos y salarios, reducci\u00f3n a menos de la mitad del poder adquisitivo promedio a nivel nacional, desinversi\u00f3n y privatizaciones, etc.<\/p>\n<p>Que hoy el gobierno provincial cuenta con la posesi\u00f3n de las tierras de ex Campo de Tiro, m\u00e1s de 3000 hect\u00e1reas en la continuidad de la zona sur de la ciudad, que adem\u00e1s existe el inter\u00e9s nacional y provincial por avanzar en soluciones dirigidas a estas demandas sociales fundamentales, que no es otra cosa que acompa\u00f1ar el natural crecimiento y desarrollo de nuestras ciudades, de nuestros hogares.<\/p>\n<p>Que el proyecto del Departamento Ejecutivo Municipal, elevado por el Intendente Gustavo Mart\u00ednez, tal como se expresa en sus fundamentos o considerandos, \u201cprioriza la actividad econ\u00f3mica como eje ordenador del futuro de la ciudad\u201d, aunque rescatamos aspectos rectores y ordenadores que tambi\u00e9n son incluidos en la iniciativa y que estuvieron ausentes durante mucho tiempo en la vida de la ciudad, dejando muchas veces, en manos del inter\u00e9s privado el \u201cplan\u201d, y no involucr\u00e1ndose en la iniciativa comunitaria que naturalmente se gener\u00f3 ante la ausencia del rol director del Estado Municipal. Para lo que transcribimos su primer p\u00e1rrafo del considerando:<\/p>\n<p>\u201cQue las actividades econ\u00f3micas generadoras de empleo genuino en Resistencia, provenientes del sector privado, conllevan impl\u00edcitas inversiones en materia edilicia en ubicaciones estrat\u00e9gicas para su labor en la ciudad;\u201d\u2026.<\/p>\n<p>Que es nuestro inter\u00e9s, al presentar esta iniciativa, aportar nuestra mirada en el dise\u00f1o de las normas que definen y generan las pol\u00edticas fundamentales y principales del desarrollo urbano. Queriendo ver hacia adelante, donde imaginamos y deseamos una presencia protag\u00f3nica y fortalecida del Estado Municipal en nuestra vida cotidiana, ya que este \u00e1mbito lo gener\u00f3 el pueblo para resolver aspectos comunes y generales, buscando promover la mejor ciudad, que nos tenga en cuenta y como partes fundamentales, a tod@s quienes la conformamos.<\/p>\n<p>Que la Carta Org\u00e1nica Municipal de la ciudad de Resistencia, Art\u00edculo 137\u00b0), Inciso 2), otorga facultades al Concejo Municipal para el dictado de la presente;<\/p>\n<p>Que por ello y lo resuelto por el Cuerpo Colegiado Municipal de la ciudad de Resistencia, en su Sesi\u00f3n de fecha<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">\n<strong>EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA<\/strong><br \/>\n<strong>SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA<\/strong><\/p>\n<p><strong>ARTICULO 1\u00ba)<\/strong> Cr\u00e9ase la Agencia Municipal de Desarrollo del H\u00e1bitat, en adelante la Agencia, siendo parte del Municipio pero con funcionamiento y gesti\u00f3n descentralizada de la estructura org\u00e1nica del Departamento Ejecutivo.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 2\u00ba)<\/strong> La autarqu\u00eda determinada en los conceptos del art\u00edculo precedente, ser\u00e1 ejercida en los t\u00e9rminos de las facultades compatibles y encuadradas en la Constituci\u00f3n Provincial; la Carta Org\u00e1nica Municipal; \u00e9sta ordenanza, y las que sean complementaria en la aplicaci\u00f3n de la descentralizaci\u00f3n funcional de incumbencias.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 3\u00ba)<\/strong> Ser\u00e1n objetivos de la Agencia:<br \/>\nPromover, realizar y facilitar la producci\u00f3n de Suelo Urbano, siempre en el marco de lo establecido en el C\u00f3digo de Planeamiento Urbano, o la normativa generada como planificaci\u00f3n principal de la ciudad.<br \/>\nPromover y facilitar la generaci\u00f3n de Lotes Urbanos con Acceso a Servicios, con destino a uso habitacional, y buscando garantizar a las y los habitantes, o quienes as\u00ed lo establezcan, el acceso a la tierra para vivir en la ciudad.<br \/>\nPromover, planificar proyectos ejecutivos, gestionar soluciones destinadas a generar mejores condiciones del h\u00e1bitat, coordinar y ayudar a compatibilizar el inter\u00e9s de sectores involucrados, todo destinado a facilitar en el marco de la normativa, la generaci\u00f3n de nuevos Desarrollos Urbanos Integrales destinados a uso habitacional principalmente.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 4\u00ba)<\/strong> En el cumplimiento de los objetivos enunciados en el art\u00edculo precedente, se deber\u00e1 cumplimentar la normativa vigente en la materia y adem\u00e1s tener como condici\u00f3n el cumplimiento de los siguientes aspectos:<br \/>\na- Dar a conocer p\u00fablicamente y convocar a una Audiencia P\u00fablica antes de finalizar un proyecto de loteo o urbanizaci\u00f3n, buscando conocer la opini\u00f3n y posici\u00f3n de quienes tengan inter\u00e9s o se vean afectados directa o indirectamente por la posible realizaci\u00f3n del mismo, as\u00ed como de sus posibles beneficiarios.<br \/>\nb- Toda propuesta o plan de loteo con servicios, o de desarrollos urbano, sean producidos o promovidos por la Agencia, deber\u00e1n prever la demanda de los distintos sectores o estratos sociales, que podr\u00edan surgir de una divisi\u00f3n o clasificados por niveles de ingresos, capacidad de pago o compra, de quienes los integran. En caso de que su destino atienda prioritariamente alguna parcialidad, el plan o propuesta deber\u00e1 encuadrarse como una etapa del plan mayor que integra, el que debe garantizar el cumplimento de esta premisa. Para lo que se adaptar\u00e1n las condiciones financieras y econ\u00f3micas de la adjudicaci\u00f3n en venta, permitiendo condiciones que sean accesibles equitativa y proporcionalmente a las distintos tipos de demanda.<br \/>\nc- En el marco de la presente y cuando el loteo o desarrollo sea generado por el municipio, o el mismo forme parte de quienes hayan afectado recursos, inmuebles o patrimonio destinado directamente al desarrollo de un plan o proyecto, no podr\u00e1n ser beneficiarios de las respuestas con destino habitacional, quienes hayan sido beneficiarias de la adjudicaci\u00f3n de lote fiscal, vivienda sociales fiscal o cr\u00e9ditos de organismos p\u00fablicos con destino a su construcci\u00f3n en condiciones de promoci\u00f3n, ya sea otorgada por plan o programa p\u00fablico de jurisdicci\u00f3n nacional, provincial o municipal. Tampoco alcanzar\u00e1 a quienes sean propietarios de inmuebles destinados al uso habitacional propio o de su familia y dentro del ejido urbano, a menos que sea demostrable la desuni\u00f3n de los conyugues integrantes de la misma, en caso de corresponder.<br \/>\nd- V\u00eda reglamentaci\u00f3n se deber\u00e1 establecer un mecanismo que permita constatar la posible posesi\u00f3n por parte de potenciales beneficiarios, de un lote fiscal o que el mismo integre una Ley de expropiaci\u00f3n vigente y con objetivo de regularizaci\u00f3n habitacional y siempre que la realidad indique que el mismo resuelve la demanda objeto de atenci\u00f3n. Pudiendo para este caso, la Agencia acordar la entrega formal de \u00e9ste en favor del \u00f3rgano provincial o municipal que tenga intervenci\u00f3n en la regularizaci\u00f3n encomendada, como requisito previo a la adjudicaci\u00f3n del nuevo lote o vivienda.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 5\u00ba)<\/strong> El patrimonio de la Agencia se podr\u00e1 conformar con los siguientes bienes:<br \/>\na) El aporte inicial en dinero y bienes que haga la Municipalidad de Resistencia, a propuesta y asignaci\u00f3n por parte de la Intendencia a trav\u00e9s de Resoluci\u00f3n, y su ratificaci\u00f3n por Ordenanza espec\u00edfica y que contenga transcripto el inventario correspondiente;<br \/>\nb) Los bienes muebles e inmuebles y derechos reales que adquiera la Agencia a t\u00edtulo oneroso, para el cumplimiento de los objetivos de la presente y siempre dentro del marco legal correspondiente. Para los casos de donaci\u00f3n hacia la Agencia,se requerir\u00e1 previa Resoluci\u00f3n de Intendencia aceptando y afectando el mismo a la Agencia, la que tendr\u00e1 efecto a partir de su ratificaci\u00f3n por Ordenanza espec\u00edfica del Concejo Municipal;<br \/>\nc) Los estudios y proyectos de loteo o desarrollo que se generen en el marco de la presente norma, as\u00ed como las obras y construcciones que se realicen o formen parte de los inmuebles que componen el patrimonio de la Agencia;<br \/>\nd) Los ingresos que se obtengan por la adjudicaci\u00f3n en venta del Suelo Urbano producido y habilitado, de los Lotes Urbanos con Acceso a Serviciosgenerados y de los bienes producto de Desarrollos Urbanos Integrales realizados, o de los que sea parte. Para la concreci\u00f3n de la disposici\u00f3n final que prev\u00e9 una venta, se requerir\u00e1 previa autorizaci\u00f3n por ordenanza del Concejo Municipal, norma que deber\u00e1 dictarse para cada operaci\u00f3n, la que podr\u00e1 referirse a un grupo de inmuebles que conformen un mismo plan o programa, norma que deber\u00e1 expresar las condiciones de la operaci\u00f3n a realizar, as\u00ed como el destino y caracter\u00edsticas de beneficiarios en su caso;<br \/>\ne) Los bienes muebles e inmuebles transferidos a la Agencia por otros organismos estatales, sean nacionales, provinciales o de otro nivel o \u00e1mbito p\u00fablico y que la finalidad de su daci\u00f3n coincida con los objetivos de la presente. Para concretar la recepci\u00f3n y posesi\u00f3n se deber\u00e1 cumplimentar los mismos pasos legislativos e institucionales establecidos para las donaciones a que hace referencia el inciso b) de este art\u00edculo.<br \/>\nf) Cualquier otro ingreso que legalmente se prevea, siendo el mismo previamente afectado por Resoluci\u00f3n de Intendencia, la que deber\u00e1 ser ratificada por Ordenanza espec\u00edfica.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 6\u00ba)<\/strong> Ser\u00e1n funciones y facultades de la Agencia las siguientes:<br \/>\na) La identificaci\u00f3n de inmuebles ubicados dentro del ejido de la ciudad de Resistencia, que tengan o puedan tener factibilidad f\u00edsica y llegar a cumplimentar los requisitos y exigencias legales para ser urbanizados, v\u00eda la conformaci\u00f3n de un plan o proyecto de loteo o desarrollo urban\u00edsticos, sobre los que se podr\u00e1 proponer la adquisici\u00f3n y posterior afectaci\u00f3n a la Agencia, o su declaraci\u00f3n de reserva para tales fines al Departamento Ejecutivo Municipal, quien deber\u00e1 para ambos casos, elevar el proyecto de ordenanza correspondiente al Concejo Municipal;<br \/>\nb) Dise\u00f1ar propuestas de pol\u00edticas p\u00fablicas destinadas a la administraci\u00f3n, disposici\u00f3n, inversi\u00f3n, garant\u00eda y financiamiento para la adquisici\u00f3n y habilitaci\u00f3n de inmuebles que tengan las aptitudes descriptas en el inciso anterior.<br \/>\nc) Dictaminar fundadamente en la definici\u00f3n de prioridades de realizaci\u00f3n de obras destinadas a la mejora o fortalecimiento edilicio institucional, as\u00ed como sobre las propuestas de desarrollo urbanos recibidas formalmente por interesados, y de potenciales emprendimientos que sean de inter\u00e9s en el marco de la planificaci\u00f3n urbana, buscando luego promover la inversi\u00f3n privada para su desarrollo;<br \/>\nd) Brindar asistencia t\u00e9cnica, proponer acciones y celebrar convenios para asegurar la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de los recursos humanos que se desenvuelven en las unidades territoriales de ejecuci\u00f3n;<br \/>\ne) Actuar como Fiduciario, para la administraci\u00f3n de bienes fideicomitidos, en cumplimiento de encargos fiduciarios que se determinen por Resoluci\u00f3n de Intendencia y cuenten con el respaldo del Concejo Municipal v\u00eda Ordenanza;<br \/>\nf) Coordinar con las \u00e1reas t\u00e9cnicas correspondientes, en el marco de la competencia municipal, las pol\u00edticas destinadas a estudios y proyectos para la adquisici\u00f3n, habilitaci\u00f3n y urbanizaci\u00f3n de suelo, as\u00ed como en la definici\u00f3n de las obras y construcciones que definan realizar en los inmuebles administrados, o que sean parte o complementarios de proyectos de loteos o desarrollos urban\u00edsticos.<br \/>\ng) Propiciar la celebraci\u00f3n de convenios entre universidades u otras entidades estatales pertinentes para planificar el desarrollo urbano y los an\u00e1lisis y estudios que demanden los proyectos bajo an\u00e1lisis y definici\u00f3n.<br \/>\nh) Propiciar asociaciones de mutua conveniencia de tipo p\u00fablico-privado en el \u00e1rea de la investigaci\u00f3n y desarrollo;<br \/>\ni) Promover acciones para procurar las mejores condiciones en la adjudicaci\u00f3n y compra de inmuebles, as\u00ed como para facilitar el acceso a fuentes de financiamiento para la inversi\u00f3n;<br \/>\nj) Promover inversiones tendientes a ampliar la capacidad instalada e infraestructura urbana.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 5\u00ba)<\/strong> La Agencia deber\u00e1 generar un registro de datos e informaci\u00f3n sobre inmuebles identificados seg\u00fan lo establece el art\u00edculo anterior, y conformar con ellos el \u201cBanco de Tierras Municipal\u201d, que tendr\u00e1 como fin llevar un registro de disponibilidad de tierras aptas para el desarrollo del h\u00e1bitat, registrando los bienes para garantizar su reutilizaci\u00f3n con fines sociales o su progresiva incorporaci\u00f3n al patrimonio p\u00fablico en el marco de la presente norma.<br \/>\nTambi\u00e9n promover\u00e1 el saneamiento y perfeccionamiento dominial, catastral y registral de los t\u00edtulos inmobiliarios de los bienes que conformen el Banco, tanto para los estatales, como para los privados atente su posible destino de inter\u00e9s general.<br \/>\nPodr\u00e1 requerir al organismo t\u00e9cnico competente las acciones judiciales necesarias para la preservaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de este patrimonio inmobiliario.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 6\u00ba)<\/strong> La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la Agencia estar\u00e1 a cargo de un Directorio integrado por tres (3) miembros, debiendo designarse un (1) Presidente, un (1) Director Ejecutivo y un (1) Director Vocal. Los miembros del Directorio ser\u00e1n designados por el Intendente Municipal, salvo el Director Vocal que ser\u00e1 un Agente Municipal de planta permanente, con rango de Director o Director Generaldesignado por el bloque pol\u00edtico que conforme la primer minor\u00eda dentro del Concejo Municipal.<br \/>\nDurar\u00e1n cuatro (4) a\u00f1os en sus funciones pudiendo ser reelegidos por per\u00edodos sucesivos. Estableci\u00e9ndose, en car\u00e1cter excepcional, que el primer Directorio durara en sus funciones hasta Diciembre del a\u00f1o 2023, pudiendo ser reelegidos.<br \/>\nLos miembros del Directorio pueden ser removidos de sus cargos por acto fundado de quienes los designaron o renuncias fundadas de los mismos.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 7\u00ba) ESTABLECESE<\/strong> que el Directorio tiene a su cargo la direcci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las actividades y funciones de la Agencia de Desarrollo de la Ciudad y son facultades del mismo:<br \/>\na) Elaborar el plan operativo de la Agencia de Desarrollo para la coordinaci\u00f3n de estudios y proyectos para la adquisici\u00f3n, habilitaci\u00f3n y urbanizaci\u00f3n de suelo;<br \/>\nb) Promover las relaciones institucionales de la Agencia de Desarrollo, con los dem\u00e1s Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales. En su caso, proponer convenios entre universidades u otras entidades estatales pertinentes para planificar el Desarrollo Urbano;<br \/>\nc) Elaborar y aprobar los planes, programas y plan de inversi\u00f3n de la Agencia en el marco de la presente;<br \/>\nd) Aprobar la propuesta de presupuesto anual de gastos, c\u00e1lculo de recursos y cuentas de inversi\u00f3n;<br \/>\ne) Aprobar la memoria y balance general al finalizar cada ejercicio;<br \/>\nf) Requerir a la Intendencia autorice de las distintas \u00e1reas de la administraci\u00f3n municipal, la afectaci\u00f3n de personal id\u00f3neo en la materia que fuere necesario para el funcionamiento de la Agencia;<br \/>\ng) Dictar el reglamento interno de funcionamiento.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 8\u00ba)<\/strong> Ser\u00e1n deberes y funciones del Presidente de la Agencia los siguientes:<br \/>\na) Ejercer la representaci\u00f3n legal, la direcci\u00f3n general y la administraci\u00f3n de la Agencia de Desarrollo de la Ciudad y suscribir a tal fin los actos administrativos, contratos y operaciones propias de su desenvolvimiento;<br \/>\nb) Convocar las sesiones del Consejo Asesor y participar en ellas con voz y voto;<br \/>\nc) Convocar al Consejo Asesor por lo menos una (1) vez cada seis (6) meses y someter a su consulta las pol\u00edticas planificadas y las que se encuentran en ejecuci\u00f3n;<br \/>\nd) Coordinar y conducir el conjunto de las actividades de la Agencia de Desarrollo a efectos de lograr el mejor cumplimiento de los objetivos propuestos;<br \/>\ne) Suscribir convenios con organizaciones p\u00fablicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el logro de los objetivos de la Agencia de Desarrollo en coordinaci\u00f3n con los organismos con competencia en la materia;<br \/>\nf) Elaborar la propuesta de presupuesto anual de gastos, c\u00e1lculo de recursos y cuentas de inversi\u00f3n;<br \/>\ng) Administrar los fondos de la Agencia de Desarrollo y llevar el inventario de todos sus bienes, de acuerdo con las normas establecidas por el Directorio y la legislaci\u00f3n vigente en la materia;<br \/>\nh) Ejercer las dem\u00e1s atribuciones y funciones que el Directorio le delegue o encomiende;<br \/>\ni) Dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento operativo de la Agencia de Desarrollo.<\/p>\n<p>El Director Ejecutivo desempe\u00f1ara las funciones que el Presidente le delegue o encomiende, y lo reemplazar\u00e1 en caso de ausencia, impedimento o vacancia del cargo.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 9\u00ba) CREASE<\/strong> el Consejo Asesor de Planificaci\u00f3n Territorial con car\u00e1cter honorario, e integrado por representantes oficiales, de entidades profesionales, universitarias, sociales, vecinales y especialistas vinculadas a la tem\u00e1tica y de trayectoria, los que ser\u00e1n finalmente ratificados por Resoluci\u00f3n de Intendencia.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n funciones del Consejo Asesor:<br \/>\n1. Proponer pol\u00edticas p\u00fablicas para la adquisici\u00f3n de Reservas Territoriales y expresar opini\u00f3n sobre las que sean llevadas a cabo por la Agencia de Desarrollo;<br \/>\n2. Proponer medidas relacionadas con los asentamientos urbanos;<br \/>\n3. Participar en la formulaci\u00f3n o reformulaci\u00f3n del C\u00f3digo de Planeamiento Urbano Ambiental;<br \/>\n4. Proponer convenios con organismos nacionales, provinciales, regionales, universitarios, entidades intermedias o no gubernamentales sobre aspectos urbanos y ambientales;<br \/>\n5. Elaborar y elevar semestralmente al Directorio de la Agencia de Desarrollo propuestas de pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de planificaci\u00f3n urbanas;<br \/>\n6. Dictar su reglamento interno.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 10\u00ba) ESTABLECER<\/strong> que la estructura de cargos y remuneraciones de las autoridades superiores de la Agencia y del personal administrativo y de servicios que sea necesario incorporar, ser\u00e1 determinada por el Departamento Ejecutivo Municipal.<br \/>\nLas autoridades superiores y el personal de la entidad, tendr\u00e1n derecho a la percepci\u00f3n de las bonificaciones por antig\u00fcedad y t\u00edtulo, de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente en la materia.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 11\u00ba) DISPONGASE<\/strong> que la aprobaci\u00f3n del presupuesto anual de gastos, c\u00e1lculo de recursos y cuentas de inversi\u00f3n debe ser aprobado por el Concejo Municipal.<\/p>\n<p><strong>ARTICULO 12\u00ba) DE FORMA.-<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":3,"featured_media":4723,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_joinchat":[],"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"class_list":["post-4722","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-proyectos-de-ordenanzas"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v27.5 - 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