LEY DE CREACIÓN DE FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES DE CENTROS ESTUDIANTILES


La iniciativa, que apuntaba a aportar un mayor grado de organización de los Centros de Estudiantes, fue presentada en el año 2008 por el entonces legislador Daniel San Cristóbal y fundada en el recinto el 28 de abril de 2010, durante mi gestión en la Legislatura chaqueña.


Daniel San Cristóbal fundó el proyecto en la necesidad de plasmar en la legislación el nucleamiento de los Centros de Estudiantes en federaciones y de éstas en una confederación.

 

Entendemos que espacios de agrupamientos de nivel superior a los Centros permitirán una profundización del debate, el intercambio de experiencias educativas y de militancia gremial

                                 Daniel San Cristóbal


Mi fundamentación en el recinto
“Entendemos que estamos aportando desde esta Legislatura a una instancia de organización superior que va a ser un desafío para los estudiantes tanto de los secundarios como institutos terciarios, y un aporte muy importante para la defensa de sus derechos, su participación en los debates que tengan que ver con la educación pública, y también una experiencia importante para fortalecer la democracia en nuestro país, ya que vemos que los jóvenes se involucran en la cuestión pública en forma creciente, cuando los espacios se lo permiten o a pesar de los espacios cerrados”.

El texto aprobado por Ley 6526 incorpora a la Ley 5135 el “TITULO V – Agrupamiento de los Centros de Estudiantes”

De las Federaciones de Centros de Estudiantes

Artículo 13: Los Centros de Estudiantes podrán conformar la Federación de Centros de Estudiantes de la Provincia de cada uno de los niveles y conforme con lo establecido en la presente ley, donde cada Centro de Estudiantes tendrá voz y voto.

Artículo 14: La Federación de Centros de Estudiantes de la Provincia del Chaco tendrá como propósitos fundamentales: a) Representar a los Centros de Estudiantes de cada nivel. b) Contribuir, con los Centros de Estudiantes, al logro de los objetivos establecidos por la presente ley. c) Promover la participación de los estudiantes y su protagonismo, contribuyendo al desarrollo de una educación pluralista. d) Promover los valores democráticos, el pluralismo de ideas y la defensa de los derechos humanos. e) Contribuir al desarrollo y a la defensa de la cultura y la educación pública. f) Promover y defender los derechos de los estudiantes. g) Generar espacios de diálogo y debate de temáticas que sean de interés para los estudiantes y la comunidad educativa. h) Desarrollar acciones tendientes a la integración de los estudiantes, sus organizaciones y la comunidad.

De la Confederación de Centros de Estudiantes

Artículo 15: Las Federaciones de Centros de Estudiantes podrán conformar la Confederación de Centros de Estudiantes de la Provincia como ámbito de coordinación, debate plural y representación de las Federaciones.

La ley modifica el numeral de los artículos 13 y 14 de la ley 5.135, los que pasarán a ser 16 y 17.

 



En materia cultural y educativa, resaltamos los proyectos impulsados por nuestro espacio como ser:

  • La creación de un sistema provincial de becas para alumnos becados por la República de Cuba (Ley 6665)
  • El establecimiento como lenguas oficiales de la Provincia del Chaco a las de los pueblos Qom, Moqoit y Wichí (Ley 6604)
  • La inclusión en la Ley de Centros de Estudiantes la posibilidad de crear Federaciones y Confederaciones (Ley 6527)
  • Modificación de la Ley que regula el funcionamiento del Consejo de Educación reponiendo el derecho de sus integrantes a percibir remuneración por el desarrollo de sus tareas (Ley 6696).


Centros de estudiantes

¿Qué es un centro de estudiantes?

Es un órgano democrático de representación de los estudiantes.

Es una organización formada por alumnos de establecimientos educativos para defender los derechos de los estudiantes. También fomenta la participación de los jóvenes dentro y fuera de la escuela.

¿Dónde funcionan?

Funcionan en instituciones educativas públicas: escuelas secundarias, institutos de educación superior, instituciones para adultos y de formación profesional.

¿Para qué sirven?

Sirven para:

  • Formar a los estudiantes en las prácticas democráticas, republicanas y federales.
  • Defender los derechos humanos.
  • Defender los derechos de los estudiantes, en especial, el derecho a aprender.
  • Afianzar el derecho a la libre expresión.
  • Reconocer a la educación pública como un derecho.
  • Contribuir a mejorar la calidad de la educación.
  • Promover la participación de los alumnos en los problemas educativos.
  • Gestionar ante las autoridades los pedidos y necesidades de los alumnos.
  • Favorecer el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes.
  • Insertar a los estudiantes en la sociedad a través de acciones que beneficien a la comunidad.
¿Quiénes forman parte de un centro de estudiantes?

Todos los estudiantes regulares de una institución educativa tienen derecho a participar en el centro de estudiantes.

El Centro no le pertenece a ningún estudiante ni grupo de estudiantes porque es una asociación pública, que representa a todos los jóvenes que van a la escuela.

 

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