VISTO:
Los artículos 30 y 47 de la Carta Orgánica Municipal de Resistencia, la Ordenanza 13371 la Ley Nacional 27573, Resolución 2883/2020 del Ministerio de Salud “Plan Estratégico para la Vacunación contra la Covid-19 en la República Argentina”,
CONSIDERANDOS:
Que las personas con discapacidad que trabajan en el Municipio y que se encuentran comprendidas entre los factores de riesgo por COVID-19 tienen derecho a recibir prioritariamente la vacunación;
Que en este sentido, entendemos que el Departamento Ejecutivo tiene la obligación de garantizar el acceso a la información y la conectividad, ya que todos los registros se realizan de manera digitalizada;
Que no se puede delegar el cuidado del personal municipal en la creencia de que accede a la información por los medios masivos de comunicación;
Que las áreas específicas deben contar con un relevamiento de quienes se encuentran en estas condiciones y en virtud de ello asegurar la notificación efectiva;
Que es por ello que en esta iniciativa solicitamos al Departamento Ejecutivo Municipal que notifique personalmente a las trabajadoras y trabajadores con discapacidad y comprendidas en los factores de riesgo los requisitos necesarios para que sean incluidas en el registro de vacunación, difundidos por el Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (IPRODICH);
QUE POR TODO ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA
RESUELVE:
1- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal garantice el acceso a la información y la conectividad de las personas con discapacidad que trabajan en el Municipio comprendidas en los factores de riesgo, para acceder prioritariamente a la vacunación contra el COVID-19,y que para ello realice las siguientes acciones:
a- Notifique personalmente a las y los trabajadores de la información que circula en las redes y medios de comunicación que se adjunta a la presente como Anexo I;
b- Asegure el registro digital de las personas comprendidas en el formulario “Registro de Personas con Discapacidad para vacunación Covid-19” que existe en www.iprodich.gob.ar;
c- Articule con el Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (IPRODICH) la difusión de sus derechos;
2- De forma.
Anexo I