Hasta el momento se encuentran a nombre de Resistencia, debido a la disposición histórica que se ha realizado cuando se conformó el Gran Resistencia y su posterior división.

EL PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

Las distintas solicitudes realizadas desde la Municipalidad de Barranqueras, Ley N° 43- P;

 

CONSIDERANDO

Que  el concejal Adrian Perez, en su carácter de Presidente de la Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Media Ambiente, del Concejo de la ciudad de Barranqueras, recibió la solicitud de parte de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de dicho municipio de tramitar el traspaso del dominio de tres inmuebles ubicados en la ciudad de Barranqueras, donde funcionan actualmente el edificio Municipal, el Cementerio  Municipal y la Plaza Principal, cuya titularidad aún figura como de la Municipalidad de Resistencia,

 

Que la documentación que adjunto es la impresión de la copia digital,

 

Que con similar objetivo se encuentra presentada la Actuación Simple 72606 del año 2019, en Ia que se cita  la Ley n° 236/59 —Art. 11: “los bienes inmuebles de propiedad Municipal ubicados en la Jurisdicción de los nuevos ejidos, pasa por efecto de esta ley, a los respectivos dominios” y en razón de regularizar esta situación de hecho,

 

Que los inmuebles que se solicitan para ser transferidos a la propiedad de Ia Municipalidad de Barranqueras están ubicados e identificados como:

 

  1. A) Av. Laprida N° 5603, Chacra.271-Mz 64- Pc 27, asiento del Edificio Municipal;

 

  1. B) Sabatini N° 400, Chacra 274-Fraction 11, Cementerio Municipal;

 

  1. C)  Calle  Sargento Cabral y Lestani-Esquiu y Fray Mocho, Chacra 271-Mz 53, Plaza Principal Sarmiento;

 

Que al momento de presentar el proyecto de Ordenanza se encuentra con despacho favorable para su transferencia en calidad de donación el terreno sobre el que se encuentra la sede de la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Barranqueras,

 

Que nos parece oportuno avanzar con el trámite correspondiente a la transferencia en carácter de donación y regularizar el dominio de estas superficies,

 

Que toda la documentación remitida por el Presidente de Ia Comisión de Tierras del Concejo de Barranqueras se adjunta como antecedente,

 

Que por todo ello,

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Resistencia, a TRANSFERIR  en  carácter de Donación  a  favor  del Municipio  de   Barranqueras,  CUIT: 30-670180006-5 con domicilio legal en calle Av. Laprida y Belgrano de la Ciudad de Barranqueras, los inmuebles ubicados en dicha ciudad e identificados catastralmente como:

 

  1. A) Circunscripción II – Sección D Chacra 271-Mz 64- Pc 27.

 

  1. B)  Circunscripción II – Sección D Chacra 271 -Mz 53.

 

  1. C) Circunscripción II – Sección D Chacra 274- Fracción II.

 

Artículo 2:  DISPONER que el Municipio de Barranqueras deberá, coma condición previa a la transferencia del bien, acreditar la eximición de cualquier deuda que pudiere existir a nombre del Municipio de Resistencia en concepto de impuesto inmobiliario y tasas por servicios sobre el bien objeto del presente.

 

Artículo 3: REFRENDA la presente la Secretaria del Concejo Municipal.

 

Artículo 4: REGÍSTRESE, notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su Promulgación y Publicación en el Boletín Oficial Provincial.

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